La situación que hace referencia el comunicado de prensa ( publicado más abajo) es un caso de abuso sexual, explotación sexual comercial (mal llamada prostitución infantil) y trata de adolescentes,ocurrido cuando las adolescentes afectadas (victimas) tenían entre 13 y 14 años , son residentes en la ciudad de Melo.- El proceso legal sobre estos hechos ocurre un año después (éste año) cuando estas adolescentes tienen 15 años.-
Fueron contactadas por adultos varones de la ciudad de Melo , quienes también en el proceso legal fueron procesados legalmente al igual que el empresario Ignacio Moya (hoy absuelto de responsabilidad por un recurso de apelación tendiente a reocar la sentencia incial que lo responsabilizó penalmente, presentado por su abogado defensor ante un Tribunal de Apelaciones en segunda instancia que hizo lugar a lo solicitado).-
Las adolescentes fueron puestas en contacto (explotación sexual comercial) con éste empresario (Ignacio Moya) quien reside en Punta del Este (Depto de Maldonado) y es socialmente conocido por ser propietario de un restoran en la Barra (Posta del Cangrejo).-
Este adulto estableció con dichas adolescentes situación de abuso sexual y para garantizar su absolución en la instancia de apelación ante el Tribunal argumentó que «no sabía que estas adolescentes eran menores de edad» y logró de ésta manera el objetivo buscado (la absolución de responsabildiad personal respecto a lo sucedido) .-
Está argumentación es generalmente usada por los ofensores sexuales desconociendo claramente a las victimas (asimetría de poder basada en genero y situación socio-económica) y la vigencia respecto a éstas de derechos de NNA.-
Aunque esa linea de defensa que utilizan los ofensores sexuales a nivel internacional ya no es considerada como justificación posible, en este caso específico lamentablemente fue aceptada por el Tribunal de Apelaciones que actuó e esta instancia absolviendo a dicho adulto de responsabilidad penal en lo acontecido.-
De cualquier manera el proceso legal sigue adelante , dado que sobre esta revocación parcial de la sentencia inicial se presentó desde la Fiscalía Nacional (Fiscal Dra. Adriana Umpierrez) un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia que ahora deberá definir la situación de fondo.-
Veremos que pasa y si como ha refrendado el Uruguay desde la Convención sobre Derechos de NNA -niños, niñas y adolescentes- (adoptada en nuestro país desde el año 1989 y con vigencia en nuestro país desde el 2/9/1990), los derechos allí mencionados se hacen efectivos también respecto a éstas adolescentes.- Un abrazo .Olga
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