domingo, 15 de junio de 2014

También me sumo...

COMUNICADO DE PRENSA
      Ante los graves hechos sucedidos en los últimos días donde dos Ministros del Tribunal de Apelaciones de 2º Turno absuelven a empresario imputado de explotar sexualmente a una adolescente de 15 años, las organizaciones de la sociedad civil repudiamos el fallo y exigimos justicia para las niñas, niños y adolescentes víctimas de explotación sexual.
Desde nuestro rol como organizaciones de la sociedad civil en la promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes expresamos enfáticamente que la explotación sexual es una de las más graves violaciones a los derechos humanos e implica la utilización de menores de edad en actos de naturaleza sexual a cambio de una contraprestación, en dinero o en especie.
Reafirmamos una vez más que las adolescentes sometidas a explotación sexual son víctimas y los daños sufridos son profundos y de difícil reversibilidad. Dadas sus condiciones de desventaja y la violencia a la que se las somete, tanto física como psíquicamente, las adolescentes víctimas no pueden ser responsables en ninguna medida. La utilización de su historia sexual como forma de justificación o atenuación de la responsabilidad de los perpetradores es un nuevo delito contra su persona y es considerada prueba ilícita según los estándares internacionales.
Por este motivo convocamos a la ciudadanía a acompañar las siguientes acciones:
 Concentración en la puerta de la Suprema Corte de Justicia el viernes 20 de junio a las 15 hs con motivo de expresar nuestro rechazo a la actuación judicial en este caso y solicitar una entrevista a la Suprema Corte de Justicia.
 Elevar petitorio a la Fiscal Letrada Nacional en lo Penal de Primer Turno, Dra. Adriana Úmpierrez, para que agote todos los recursos legales disponibles en este caso, a fin de que se haga justicia con esta adolescente víctima, sancionando la violencia sexual que ha sido perpetrada contra ella.
 Las organizaciones seguiremos todos los pasos posibles para lograr justicia en esta situación apelando a diversos recursos. Estamos dispuestas a recurrir a los organismos internacionales y solicitar una audiencia temática ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos si fuera necesario.

Hacemos un llamado a la ciudadanía a acompañar la movilización y pedimos especialmente a los medios de comunicación difundan este comunicado, generen espacios para discutir este tema y realicen cobertura mediática desde una perspectiva de género y derechos el viernes 20 de junio a las 15hs en la puerta de la Suprema Corte de Justicia.

FISCALÍA LETRADA NACIONAL EN LO PENAL DE PRIMER TURNO.
Dra. Adriana Úmpierrez
De nuestra mayor consideración.
        Las abajo firmantes, representantes de organizaciones de la sociedad civil, nos dirigimos a usted con el objetivo de manifestarle la profunda preocupación que nos ha generado el reciente fallo judicial del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno que revoca el procesamiento del empresario imputado por la comisión del delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad para que cometan actos de naturaleza sexual , ocurrido en el Departamento de Cerro Largo.
Entendemos y compartimos que el ejercicio profesional de los/as funcionarios/as públicos/as que se desempeñan en las distintas fiscalías gozan de independencia técnica, tal como lo prevé el Artículo 2 de la Ley N° 15.365, pero también reafirmamos y resaltamos el rol fundamental que las organizaciones de la sociedad civil desempeñamos, como derecho y deber, en la promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
La explotación sexual es una de las más graves violaciones a los derechos humanos e implica la utilización de menores de edad en actos de naturaleza sexual a cambio de una contraprestación, usualmente económica. Resulta fundamental destacar que la aceptación por parte del niño o la niña de esta transacción resulta irrelevante, tal como lo establecen las principales normas internacionales.
Volvemos a recordar que las adolescentes sometidas a explotación sexual son víctimas de este tipo de delito y dadas las condiciones de desventaja y la violencia a las que se las somete, tanto física como psíquicamente, las adolescentes víctimas no son responsables en ninguna medida. La utilización de su historia sexual como forma de justificación o atenuación de la responsabilidad de los perpetradores es un nuevo delito contra su persona y es considerada prueba ilícita según los estándares internacionales1”.
El único responsable del delito que nos ocupa es el perpetrador, y bajo ningún concepto debería permanecer impune quien realizó retribuciones en dinero y en especie, a una adolescente para mantener relaciones sexuales con ella.
En tal sentido, rechazamos enfáticamente el reciente fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno que revocó el procesamiento del empresario imputado de pagar a una adolescente para mantener relaciones sexuales con ella.
1 Comunicado de prensa en relación a los hechos de notoriedad relacionados con la explotación sexual de adolescentes en Paysandú, setiembre de 2013.
El Estado Uruguayo tiene la obligación de prevenir, investigar, sancionar y reparar este tipo de delitos, conforme corresponde con el principio y deber de debida diligencia en los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que ha ratificado entre ellos: Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Recomendación General 19 del Comité CEDAW; La Convención de Belem do Pará, el protocolo de Palermo, entre otros. El acceso a la justicia constituye un derecho humano básico, y es requisito sine qua non de un Estado de Derecho.
Por este motivo estamos solicitando al Ministerio Público y Fiscal que en su calidad de representante de la causa pública agote todos los recursos procesales disponibles en el caso de marras, interponiendo el recurso de casación con el objetivo de que se revoque la sentencia de segunda instancia y se sancione acorde a derecho.
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